CENTRALIZACIÓN ADMINISTRATIVA
CONCEPTO: es una forma de
organización administrativa en la cual los entes del poder ejecutivo se
estructuran bajo el mando unificado y directo del titular de la administración
pública.
La centralización existe cuando
el conjunto de órganos administrativos está enlazado bajo la dirección de un
órgano central único.
La centralización administrativa
es la forma fundamental en la cual se encuentran organizadas las entidades
públicas de carácter administrativo.
La principal cualidad de la
centralización administrativa, es que las entidades centralizadas se encuentran
relacionadas entre sí por un vínculo jerárquico constante, en la cúspide se
encuentra el Presidente y subordinados a él todos aquellos órganos públicos
inferiores.
Las ordenes y la toma de
decisiones de la administración pública centralizada descienden del órgano
mayor al inferior, de tal manera que todas las entidades administrativas
guardan un orden y obedecen a los imperativos que emite la cúspide de la
organización central.
Todo ente inferior se encuentra
supeditado al superior, y cada órgano administrativo tiene su propia
competencia.
La competencia administrativa es
al órgano administrativo lo mismo que la capacidad a las personas.
La competencia consiste en una
serie de facultades y obligaciones jurídicas que la legislación atribuye a los
órganos de la administración para que hagan, no hagan o se abstengan.
La competencia así determinada
por la ley fija las circunstancias en las que el órgano tiene la obligación de
actuar o abstenerse en cierta materia o área de la administración, así como
determina el grado de actuación y la superficie territorial en la que habrá de
circunscribirse la actuación del órgano.
Las entidades que forman parte de
la Administración Pública Central o Centralizada reciben la denominación de
órganos administrativos.
Los órganos administrativos que
forman parte de la Administración Pública Federal son las Secretarías de Estado
y la Consejería Jurídica.
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